Modelos de impuestos que debo presentar como PYME

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Sara Delgado
Sara Delgado
Content Marketing Specialist
4 minutos

Tanto si eres autónomo como si diriges una empresa, tienes que saber que estás obligado a cumplimentar y presentar ciertos modelos de impuestos ya sean trimestrales o anuales. En este artículo te listamos todos los modelos que tienes que tener en cuenta en un año fiscal para que puedas estar bien tranquilo con Hacienda. ¡Quédate para enterarte de todo!

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Modelos trimestrales para empresas

Cada tres meses debes presentar los diferentes modelos que te corresponde como empresa. En la mayoría de casos la fecha de presentación se establecen entre los días 1 y 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero, pero puede haber algunas excepciones. Te contamos más sobre los modelos trimestrales a continuación:

Modelo 111 (IRPF)

Este modelo recoge las retenciones de IRPF de profesionales y empresarios. La modalidad de presentación en este caso es trimestral, pero existe también un modelo concreto para la presentación anual del IRPF, que sería el 190. La presentación sería válida entre el 1 y 20 de los siguientes meses: abril, julio, octubre y enero.

Saber más sobre el Modelo 111

Modelo 115 (retención por alquiler)

Deberás hacer la declaración de aquellos inmuebles en los que practiques tu actividad profesional ya sea mediante alquiler de un local o una oficina. Los días de presentación serán entre el 1 y el 20 de abril, julio, octubre y enero.

Saber más sobre el Modelo 115.

Modelo 123 (Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF)

Deben presentar este modelo las entidades (también autónomos) que satisfagan rentas del capital mobiliario para liquidar las retenciones de ingresos a cuenta del IRPF, IS o IRNR. Este tipo de inmuebles no tienen relación con la actividad a desarrollar de la empresa. Los plazos de presentación corresponden a los 20 primeros días naturales después del trimestre natural.

Modelo 202 (pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades)

Con este impuesto tu empresa debe realizar los pagos a cuenta del Impuesto de sociedades de manera trimestral y una vez al año se realizará mediante el modelo 200 la regularización del mismo. Este modelo 202 se presenta entre el 1 y el 20 de los siguientes meses: abril, octubre y diciembre.

Te puede interesar: guía sobre el Impuesto de Sociedades.

Modelo 303 (IVA trimestral o mensual)

En este modelo se recogen y declaran todas las facturas que se han emitido con IVA soportado, es decir, se trata de la autoliquidación trimestral del IVA. Hay que respetar el día límite de presentación que se establece el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y en el día 30 de enero en el caso del cuarto trimestre.

Saber más sobre el Modelo 303.

Modelos anuales para empresas

Modelo 180 (Retención por alquiler)

Se trata del resumen anual del modelo 115 trimestral sobre la retención de arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles urbanos. Este modelo se debe presentar, como la mayoría de modelos anuales entre el 1 y el 20 de enero.

Modelo 190 (IRPF)

Se trata del modelo de resumen anual del IRPF que se ha ido presentando de manera trimestral mediante el modelo 111. La presentación debe efectuarse de manera telemática mediante la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El plazo para declarar este impuesto es del 1 al 31 de enero de cada año.

Modelo 193 (Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF)

El modelo 193 es la declaración informativa que incluye las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre los correspondientes rendimientos del capital mobiliario.  Se trataría del modelo anual de la declaración 123.

Modelo 200 (IS y IRNR)

Habiendo realizado los pagos a cuenta del IS trimestralmente, la liquidación y regularización del Impuesto de Sociedades así como el Impuesto sobre la Renta de no Residentes se presenta mediante este modelo. La declaración se puede realizar, en caso de que el ejercicio fiscal y económico de la empresa coincida con el año natural, hasta el 25 de julio.

Modelo 347 (Operaciones con terceros)

Será en febrero cuando tengas que presentar este modelo siempre y cuando realices transacciones con cliente o proveedores que superen los 3.005,06 euros en un mismo ejercicio.

Saber más sobre el Modelo 347.

Modelo 349 (Operaciones intracomunitarias)

Para empresas que realizan operaciones de compraventa con otras empresas o profesionales dentro de la Unión Europea. Debes tener en cuenta que para poder presentar este modelo correctamente deberás darte de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias, ROI, disponer de un CIF comunitario de acuerdo a la unión europea y emitir las facturas sin IVA.

Saber más sobre el Modelo 349.

Modelo 390 (IVA)

Este modelo recoge el IVA total de todo el ejercicio y su presentación se debe realizar entre el 1 y el 30 de enero del siguiente año. También son obligatorias las presentaciones trimestrales o mensuales de IVA que corresponden al modelo 303.

Saber más sobre el Modelo 390

Conclusiones

Ahora ya conoces los modelos que debes presentar obligatoriamente si estás al mando de una empresa. ¿Te ha surgido alguna duda? Déjanoslo en comentarios y te derivaremos a nuestro equipo especializado de gestores para que puedan resolver tus cuestiones.

Lo mejor para un negocio es tenerlo todo unificado en una herramienta. Pásate a lo digital y olvídate de revisar y preparar toda la información para tus declaraciones, tu gestor Talenom lo hace por ti. En tu suscripción con gestoría, todos estos modelos estarán incluidos: 111, 115, 130, 180, 190, 193, 303, 347, 349, 390.

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