Permiso de maternidad y paternidad de 17 semanas: así será a partir de agosto de 2025

Permiso por nacimiento ampliado a 19 semanas
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Sara Delgado
Content Marketing Specialist
6 minutos

En los últimos años, los permisos de nacimiento y cuidado del menor han avanzado significativamente hacia la conciliación entre la vida laboral y familiar. Estos permisos de maternidad y paternidad permiten a las familias poder disfrutar de un tiempo retribuido para cuidar de sus bebés y promueve la igualdad entre la madre y el padre en este caso.

A fecha de 29 de julio de 2025, el Gobierno de España aprobó la ampliación y flexibilidad de este permiso retribuido, que será vigente desde agosto de 2025. En este artículo te lo contamos todo sobre este cambio, a quién afecta (¡si eres trabajador por cuenta propia también te interesa!) y cómo se aplica. ¡Sigue leyendo!

Nota de prensa – El Gobierno aprueba ampliar en tres semanas los permisos de nacimiento y cuidado de menores hasta los ocho años

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Evolución del permiso por nacimiento en España

En España, la historia de los permisos por nacimiento y cuidado del menor (permiso de maternidad y paternidad) ha ido evolucionando positivamente, primero consiguiendo que el permiso de paternidad se equiparara al de la madre. Y seguidamente aplicando las mejoras correspondientes a ambos progenitores. Hace apenas unos años, las madres contaban con el permiso retribuido de las 16 semanas mientras que los padres solo podían disfrutar unos días de ese momento especial.

En 2017 fue cuando ese desequilibrio comenzó a balancearse y se aprobaron las primeras ampliaciones para el permiso de paternidad, ya que hasta el momento, únicamente habían podido disfrutar de entre 2 a 4 semanas de permiso retribuido. Seguidamente, en 2021, fue cuando se consiguió equiparar las 16 semanas iguales e intransferibles para cada uno. Esta medida situó a España entre los países europeos más avanzados en materia de permisos parentales.

Es ahora en 2025, cuando avanzamos hacia una mejora de la conciliación laboral y familiar y, por la cual a partir de agosto de 2025, todas las madres y padres podrán disfrutar de las 19 semanas, aprobadas recientemente por el Gobierno. Podrán repartirse este tiempo de manera flexible durante los primeros 8 años de vida del menor para poder organizarse según las necesidades reales de cada familia.

Cambios que introduce el nuevo decreto de julio 2025

Ampliación del permiso retribuido a 17 semanas:

La gran novedad del decreto aprobado en julio de 2025 es la ampliación del permiso por nacimiento a 17 semanas para cada progenitor. Este incremento de tres semanas supone un refuerzo importante para que las familias puedan disponer de más tiempo para cuidar al recién nacido o recién adoptado sin perder ingresos, ya que la prestación se mantiene al 100% de la base reguladora.

Seis semanas se disfrutarán de manera ininterrumpida inmediatamente posteriores al parto, que son obligatorias y deben disfrutarse a jornada completa. Once semanas, que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. La madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto.

Además, se establecen dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.

Este permiso ya existía, sin carácter retribuido, en el Estatuto de los Trabajadores, por una duración no superior a ocho semanas.  

El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y no requerirá un nuevo reconocimiento del derecho, siendo de aplicación la normativa reguladora del disfrute del periodo de descanso voluntario por nacimiento y cuidado de menor.

Flexibilidad y reparto del permiso hasta los 8 años del menor

Otra novedad destacable es la posibilidad de que estas semanas ampliadas puedan disfrutarse de manera flexible, no solo inmediatamente tras el nacimiento, sino durante los primeros 8 años de vida del hijo o hija. Esta flexibilidad facilita la adaptación a las circunstancias personales y laborales de cada familia, permitiendo repartir el permiso en distintos periodos

Familias monoparentales disfrutarán de 32 semanas retribuidas

El nuevo decreto también incluye medidas específicas para familias monoparentales, que tendrán un régimen especial que permite aprovechar de forma completa las semanas asignadas sin otras limitaciones. Podrán disfrutar de 32 semanas de permiso retribuido pudiendo utilizar 4 de ellas hasta los 8 años del menor.

Se podrán acoger a estas dos últimas semanas de forma retroactiva las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Su disfrute y prestación podrán solicitarse a partir del 01 de enero de 2026.

Ampliación del permiso en dos semanas más en casos excepcionales

Se puede ampliar este permiso en 2 semanas más en los siguientes casos:

  • Por cada hijo a partir del segundo en los casos de parto múltiple (1 semana para cada progenitor). En caso de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o de la parte que reste del mismo.
  • Discapacidad de la madre del 65% o más, o discapacidad del hijo.
  • Por nacimiento en familia numerosa o que por tal motivo adquiera dicha condición

Quién se beneficia de la ampliación del permiso por maternidad y paternidad

Aunque a menudo se asocian estos permisos a trabajadores por cuenta ajena, las personas autónomas también tienen derecho al permiso por nacimiento y cuidado del menor, y se verán beneficiadas por la ampliación de 16 a 19 semanas aprobada en julio de 2025.

Al igual que en el caso de los asalariados, la Seguridad Social cubre el 100% de la base reguladora durante el tiempo que dure el permiso, siempre que el autónomo o autónoma esté al corriente de sus cotizaciones y cumpla los requisitos exigidos (principalmente, un mínimo de 180 días cotizados en los últimos 7 años o 360 días en toda la vida laboral).

Durante el tiempo que se disfruta del permiso, la persona autónoma no tiene que seguir pagando su cuota mensual a la Seguridad Social, ya que queda bonificada al 100%. Además, podrá cesar su actividad sin que esto afecte negativamente a su negocio, porque la baja está legalmente reconocida y protegida.

En el Blog de Talenom: Baja por permiso de paternidad en 2025

Conclusión: un paso más hacia la conciliación real

La nueva baja por maternidad y paternidad de 19 semanas, con su flexibilidad y cobertura económica completa, es una medida que refuerza el compromiso social y político con la conciliación y la igualdad. Las familias españolas dispondrán de más tiempo y mejores condiciones para atender a sus hijos desde los primeros días, mientras que el reparto equilibrado de estas semanas favorecerá una corresponsabilidad más justa.

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