Compliance Laboral: Las 10 obligaciones clave que toda empresa debe cumplir

Compliance laboral y todas las obligaciones laborales de empresas
Eduard Bellera
Eduard Bellera
Abogado laboralista
5 minutos

En un entorno laboral cada vez más regulado, cumplir con las obligaciones laborales es uno de los temas más importantes para las empresas. Existen una serie de medidas recogidas en la normativa laboral en España que, independientemente del tamaño o sector de las empresas, se deben cumplir obligatoriamente. ¡Te lo contamos todo a continuación!

En Talenom estarás a salvo de cualquier sanción económica o legal gracias al asesoramiento laboral de la mano de nuestro equipo de asesores laborales que revisan tus obligaciones para que estés siempre al día y cumplas con lo establecido en la ley. Agenda una reunión con nuestros especialistas.

Principales obligaciones laborales de las empresas

Las siguientes obligaciones son para todas las empresas, independientemente de su tamaño o del número de personas trabajadoras:

1) Registro horario

A raíz de la publicación del RD Ley 8/2019 todas las personas trabajadoras deben registrar su jornada a través de sistemas, preferiblemente informatizados, que garanticen que no se manipulen los registros horarios. Esta es una de las obligaciones en las que la Inspección de Trabajo pone el foco en sus inspecciones.

Además, en caso de una eventual demanda judicial por parte de una persona trabajadora en reclamación de horas extraordinarias, la carga de la prueba recae en la empresa por lo que si no dispone de este registro difícilmente podrá desvirtuar los hechos de la demanda.

Por lo tanto, es esencial disponer del registro horario. .

2) Registro retributivo

Por otro lado, las empresas están obligadas a elaborar y exponer en un lugar visible el calendario laboral anual.

Su objetivo fundamental es garantizar que la empresa remunera equitativamente a hombres y mujeres que ejerzan funciones equivalentes u ocupen el mismo puesto de trabajo, con el objetivo de prevenir la brecha salarial de género. Este registro también es frecuentemente solicitado por la Inspección de Trabajo, cuya obligación se encuentra prescrita en el art. 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

También en el Blog de Talenom: Conciliación laboral para mejorar el bienestar de tus empleados

3) Protocolo de desconexión digital

Este derecho introducido en el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales tiene la finalidad de garantizar el derecho de las personas trabajadoras a no tener que atender o responder a las comunicaciones de la empresa fuera de su horario laboral. Su incumplimiento puede dar lugar a sanción.

4) Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Según dispone la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, todas las empresas o autónomos con personas trabajadoras a su cargo dispondrán del Plan de PRL.

Hay que poner de relieve la importancia en el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales dado que cualquier accidente de trabajo puede conllevar daños personales para las personas trabajadoras, que pueden dar lugar a elevadas sanciones y/o la imposición de un recargo de prestaciones (por incapacidad permanente, por muerte, etc.), que en accidentes graves puede suponer una cifra económica muy elevada.

En este sentido, hay que remarcar la importancia de contar con un Servicio de Prevención que sea muy riguroso con las actividades preventivas en materia de riesgos laborales y que la empresa tome conciencia de la extrema relevancia de darle cumplimiento.

El incumplimiento que sea considerado grave en esta materia también podría acarrear consecuencias penales por un delito contra los derechos de las personas trabajadoras.

En el Blog de Talenom: nueva normativa de prevención de riesgos laborales para trabajadores y trabajadoras del hogar.

5) Protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo en la empresa

El Protocolo de Prevención del Acoso Laboral tiene como finalidad establecer medidas de prevención, ofrecer una vía de comunicación para imponer denuncias o reclamaciones en caso de sufrir algún tipo de acoso a la empresa, así como tener determinado el procedimiento a seguir en caso de que se produzca, todo ello para dar cumplimiento al imperativo legal de los artículos 46 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, novedad introducida por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad.

6) Documentar el teletrabajo

En los casos de personas trabajadoras que igualen o superen el 30% de su jornada de trabajo en la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia, se formalizará por escrito este acuerdo según prevé la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

Además de las obligaciones anteriores, las empresas con 50 o más personas trabajadoras también deben disponer de:

7) Canal de denuncias

Tras la publicación de la Ley 2/2023 de Protección del Informante, las empresas con 50 o más personas trabajadoras deben implantar un canal de información que sea efectivo y cumpla con los requisitos formales y materiales de esta norma.

8) Plan de igualdad

El Plan de Igualdad es obligatorio para las empresas que ocupen a 50 o más personas, que deben negociar con la representación legal de los trabajadores o, en caso de no tenerlas, con las representaciones sindicales. El incumplimiento de la misma la obligación podría suponer una sanción de hasta 225.018 €, así como no poder contratar con la Administración ni obtener bonificaciones para la contratación de personas trabajadoras, según dispone el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad.

A este Plan se debe incorporar una auditoría salarial como parte integrante del mismo.

Además, tras la entrada en vigor de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, las empresas deben modificar el Plan de Igualdad para incluir de manera expresa la no discriminación a las personas pertenecientes al colectivo LGTBI.

También en el Blog de Talenom: Complemento de brecha de género para acabar con las barreras de desigualdad

9) Cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad

En virtud de lo que dispone la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras tienen la obligación de reservar un 2% de sus plazas para personas con discapacidad, cuyo incumplimiento puede acarrear importantes sanciones y la imposibilidad de contratar con la administración pública.

10) Comité de seguridad y salud

El artículo 38 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece la obligación de crear un Comité de Seguridad y Salud, integrado por los delegados de prevención como por representantes de la empresa.

Conclusiones de las obligaciones laborales de las empresas

Cumplir con las obligaciones laborales, además de proteger a las compañías de cualquier sanción económica o legal, también contribuye a conseguir un entorno laboral seguro y confiable. Además, fomenta la igualdad, previene los riesgos laborales y mejora el bienestar de tus emplados. ¿Cumple tu empresa con todas las obligaciones laborales que hemos mencionado anteriormente?

Si tienes dudas sobre si tu empresa está cumpliendo con todas ellas, puedes solicitar una reunión con nuestros especialistas y te ayudamos a analizarlo e identificarlo para que cumplas 100% con la ley.
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