Plan de movilidad sostenible al trabajo: qué exige la Ley a las empresas

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Eva López
Asesora laboral
Publicado: 18 de junio de 2026
7 minutos

La movilidad forma parte de nuestro día a día, pero no solemos detenernos a pensar en el impacto que tiene sobre la actividad de las empresas. Los desplazamientos de las personas trabajadoras, clientes, proveedores o visitantes influyen directamente en cuestiones tan relevantes como la productividad, la sostenibilidad, la conciliación o incluso la capacidad para atraer y fidelizar talento.

Precisamente por ello, la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, reconoce el papel fundamental que desempeña la movilidad en el bienestar y calidad de vida de las personas y en el desarrollo económico y social.

A pesar de que se trata de una norma muy amplia, abordando numerosos aspectos relacionados con el transporte y la movilidad, existen determinadas medidas que afectan directamente a las organizaciones como son los planes de movilidad sostenible al trabajo, una herramienta que busca fomentar desplazamientos más eficientes, seguros y respetuosos con el medio ambiente.

¿Tienes dudas sobre cómo esta normativa puede afectar a tu empresa? El equipo de especialistas de Talenom puede ayudarte a identificar tus obligaciones y encontrar las soluciones más adecuadas para tu negocio. Contacta con nosotros y recibe asesoramiento personalizado.

¿Qué es un plan de movilidad sostenible al trabajo?

La Ley de Movilidad Sostenible define los planes de movilidad sostenible al trabajo como un conjunto de medidas impulsadas por la dirección del centro de trabajo y elaboradas en el marco de la negociación colectiva, cuyo objetivo es racionalizar los desplazamientos vinculados a la actividad empresarial.

Estos planes no solo tienen en cuenta los desplazamientos de las personas trabajadoras, sino también los de clientes, proveedores, visitantes y cualquier otra persona que acceda habitualmente al centro de trabajo.

Su finalidad es promover una movilidad más eficiente, segura y sostenible, reduciendo tanto el impacto ambiental como los problemas derivados de la congestión del tráfico o los desplazamientos ineficientes.

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¿Qué empresas están obligadas a implantar un plan de movilidad sostenible?

La Ley establece la obligación de implantar un plan de movilidad sostenible para aquellas empresas con centros de trabajo que cuenten con más de 200 personas trabajadoras o 100 personas trabajadoras por turno, cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad, prestándose especial atención a los denominados centros de trabajo de alta ocupación, es decir, aquellos que cuentan con más de 1.000 personas trabajadoras y se encuentran ubicados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes.

Además, aquellas empresas que dispongan de centros de trabajo con más de 100 personas trabajadoras o más de 50 por turno podrán implantar, voluntariamente, planes de movilidad sostenible al trabajo para lo que podrán acceder a ayudas de acuerdo a las bases reguladoras que se aprueben en cada convocatoria por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible con el objetivo de fomentar su implantación.

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¿Cuál es el plazo para implantar el plan de movilidad sostenible?

La ley establece un plazo de doce meses desde su entrada en vigor, por ello a fecha 5 de diciembre de 2026 las empresas afectadas deberán tener implantado en sus empresas un plan de movilidad sostenible al trabajo.

¿Qué debe incluir un plan de movilidad sostenible al trabajo?

El plan de movilidad para las empresas debe convertirse en una herramienta de planificación que permita analizar cómo se producen los desplazamientos vinculados a la actividad empresarial y qué medidas pueden adoptarse para hacerlos más eficientes y sostenibles.

Entre otras cuestiones, los planes podrán contemplar medidas relacionadas con:

  • El impulso de la movilidad activa.
  • El transporte colectivo.
  • La movilidad de bajas emisiones.
  • Sistemas de movilidad compartida o colaborativa.
  • Soluciones que faciliten la utilización y recarga de vehículos de cero emisiones.
  • La implantación del teletrabajo cuando resulte compatible con la actividad desarrollada.
  • La mejora de la seguridad vial y la prevención de accidentes en los desplazamientos al trabajo.

Además, deberán tenerse en cuenta no solo las necesidades de las personas trabajadoras, sino también las de clientes, proveedores y visitantes que accedan regularmente al centro de trabajo.

Asimismo, la norma prevé que los planes puedan incorporar medidas de compensación de la huella de carbono respecto de aquellos desplazamientos cuyas emisiones no puedan eliminarse o reducirse de manera efectiva.

Estos documentos serán de acceso público incluidos los datos agregados que estén disponibles por género y edad, teniendo en cuenta en todo caso la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.

¿Cómo se negocia el plan de movilidad sostenible con los trabajadores?

Uno de los aspectos más relevantes de esta materia es que los planes de movilidad sostenible al trabajo no pueden elaborarse de forma unilateral por parte de la empresa.

La ley establece expresamente que deberán ser objeto de negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.

Este aspecto introduce una dimensión claramente laboral en una materia que, a primera vista, podría parecer exclusivamente vinculada al transporte o al medio ambiente.

Cuando no exista representación legal de las personas trabajadoras, deberá constituirse una comisión negociadora integrada por representantes de la empresa y por las organizaciones sindicales legitimadas para negociar el convenio colectivo aplicable.

En el caso de las cooperativas, el plan deberá ser aprobado por el Consejo Rector.

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¿Qué obligaciones tiene la empresa tras la aprobación del plan?

Es importante tener en cuenta que la aprobación del plan no supone el final del proceso.

Una vez adoptado, deberá comunicarse, en el plazo de tres meses, a la autoridad competente designada por la correspondiente comunidad autónoma para su incorporación al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).

Esta obligación pone de manifiesto que la finalidad de la norma no es únicamente aprobar documentos formales, sino avanzar hacia una planificación y seguimiento efectivo de las medidas implantadas.

Seguimiento y evaluación del plan de movilidad sostenible

Sí. La ley obliga a las empresas a elaborar informes de seguimiento que permitan evaluar el grado de implantación de las actuaciones previstas y comprobar su efectividad.

Como mínimo, deberá realizarse una evaluación a los dos años desde la aprobación del plan y posteriormente cada dos años mientras este permanezca vigente.

Nos encontramos, por tanto, ante una obligación que exige una gestión continuada y no una actuación puntual.

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Conclusiones sobre los planes de movilidad sostenible en el trabajo

A primera vista, los planes de movilidad sostenible al trabajo pueden percibirse como una nueva carga administrativa para las empresas. Sin embargo, una lectura más amplia de la norma permite apreciar que su finalidad va mucho más allá del mero cumplimiento legal.

La implantación de medidas orientadas a mejorar los desplazamientos al centro de trabajo puede contribuir a reducir emisiones, mejorar la seguridad vial, optimizar los tiempos de desplazamiento y favorecer la conciliación de las personas trabajadoras.

Además, los planes de movilidad sostenible encajan plenamente en ámbitos cada vez más estratégicos para las organizaciones, como la sostenibilidad, los programas de bienestar corporativo, beneficios sociales, los criterios ESG, la atracción y fidelización del talento o el bienestar laboral.

Por ello, más que una obligación aislada, esta normativa puede convertirse en una oportunidad para revisar cómo se desplazan las personas vinculadas a la empresa y diseñar soluciones que aporten valor tanto a la organización como a quienes forman parte de ella.

Las empresas que comiencen a trabajar en esta materia con antelación no solo estarán mejor preparadas para cumplir con las exigencias legales antes del 5 de diciembre de 2026, sino que también podrán convertir la movilidad sostenible en un elemento diferencial dentro de su estrategia empresarial.

La normativa cambia constantemente y mantenerse al día es fundamental para evitar riesgos y aprovechar oportunidades. En Talenom acompañamos a empresas y profesionales en la gestión de sus obligaciones legales, laborales, fiscales y mercantiles. Agenda una reunión con nosotros.

Esta información es válida en la fecha de publicación pero podría verse desactualizada por cambios normativos posteriores. 

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