Bonificaciones para autónomos: ayudas y descuentos

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Bea Perales
Bea Perales
Head of MKT & Sales
5 minutos

Si eres autónomo o tienes previsto empezar a serlo, debes saber que existen varias bonificaciones y ventajas. Para que no te líes, ni te líen, hemos creado esta guía de bonificaciones, ayudas y descuentos para autónomos, en la que recopilamos todo aquello que supone un ahorro directo de dinero para el autónomo. En cada una de ellas verás de forma muy clara los requisitos y sabrás si puedes aprovecharlas. En este artículo te explicamos las bonificaciones para autónomos vigentes en 2022.

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Bonificaciones para autónomos y descuentos directos en la cuota

Tarifa plana de 60€

La tarifa plana entró en vigor en 2013 con un pago mensual de 50 €. Desde el 1 de enero de 2019, este descuento deja tu cuota de autónomo en 60 euros. La cuantía de la tarifa plana se va incrementando a lo largo del tiempo:

  • Primeros 12 meses: cuota de 60 euros. Reducción del 60% sobre la cuota base.
  • Meses de 13 a 18: reducción del 50% sobre la cuota base.
  • Meses 19 a 24: reducción del 30% sobre la cuota base
  • Meses 25 a 36: reducción del 30% sobre la cuota base, para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.

Requisitos:

  • No haber estado dado de alta como autónomo desde hace dos años.
  • No ser administrador de ninguna sociedad mercantil.
  • Excluidos autónomos colaboradores.

Excepciones:

  • Puedes usarla tarifa plana varias veces en tu vida si entre ellas han pasado al menos tres años.
  • Las mujeres autónomas que acaben de ser madres y que hayan cesado su actividad podrán retomarla con la tarifa plana. Incluso aunque no hayan pasado todavía los dos años que se le exige al resto de autónomos.

Ayuda a la conciliación

Podemos beneficiarnos de un descuento del 100% en la cuota de autónomo durante un año si contratamos a un trabajador a jornada completa. Esta medida solo es válida si contamos con hijos menores de 12 años, un familiar de 1º o 2º grado en situación de dependencia o un familiar a nuestro cargo con una discapacidad intelectual superior al 33%. La bonificación dura 12 meses y solo podemos hacer uso de la misma una vez por familiar.

Bonificaciones y otros descuentos en la cuota de autónomos

Requisitos:

  • Contratar a un trabajador durante los 12 meses a tiempo completo. Si se contrata a tiempo parcial la bonificación pasa a ser también parcial, del 50% de la cuota de autónomo.
  • Seguir dado de alta como autónomo al menos 6 meses después de que termine la bonificación.
  • No tener trabajadores contratados en el momento de la bonificación ni en los 12 meses anteriores. Excepto trabajadores contratados para cubrir baja de maternidad o paternidad del propio autónomo.

Bonificaciones para autónomos jóvenes

Si eres mujer menor de 35 u hombre menor de 30, y te das de alta de autónomo, tienes derecho a beneficiarte, además de las reducciones y bonificaciones previstas con caracter general, de una bonificación adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal. Esta bonificación se extenderá los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general.

En estos casos, la duración total de la tarifa plana será de 36 meses ininterrumpidos.

Mayores de 65 años

Si tienes más de 65 años y acreditas 38 años y seis meses de cotización, o con 67 años y 37 años de cotización, quedarías exento de cotizar a la Seguridad Social, salvo por incapacidad temporal y por contingencias temporales.

Requisitos:

  • Tener más de 65 años.
  • Haber cotizado durante más de 38 años y 6 meses.

Autónomos de Ceuta y Melilla

Los trabajadores autónomos de Ceuta y Melilla pueden ahorrarse la mitad de la cuota de autónomos de forma indefinida si trabajan en hostelería, comercio, turismo o industria (excepto energía o agua).

Requisitos:

  • Dedicarse profesionalmente hostelería, comercio, turismo o industria.
  • Vivir y realizar la actividad en Ceuta o Melilla.

Otros tipos de ayudas para autónomos

Bonificación por maternidad o paternidad

Esta bonificación está dirigida al descanso del autónoma o autónomo por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural. Para aquel autónomo que lleve menos de 12 meses desarrollando su actividad, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.

Subsidio por paternidad o maternidad

Autónomos colaboradores

Si quieres contar con autónomos colaboradores con nosotros es posible ahorrar el 50% de la cotización del colaborador durante 18 meses, y 25% durante los 12 meses siguientes.

Requisitos:

  • El autónomo colaborador debe ser un familiar directo
  • Mantener al colaborador contratado seis meses más de lo que dura la bonificación
  • El colaborador no puede tener al mismo tiempo un contrato por cuenta ajena con otra empresa.

Si quieres saber más sobre cómo funciona la contratación de colaboradores consulta este post: Autónomos y contratación de familiares, todas las respuestas.

Baja de la actividad por causa de violencia de género

Las trabajadoras autónomas que se den de baja en su actividad por cuestiones de violencia de género, tienen derecho a un que un plazo de seis meses se les considere como cotización efectiva. 

Por tanto, se considerará que han estado dadas de alta en el RETA y cotizando en la Seguridad Social durante medio año tras la baja, aunque no hayan pagado su cuota.

Bonificaciones para autónomos con discapacidad

Las bonificaciones para autónomos con una discapacidad de un grado igual o superior al 33% son las siguientes:

  • Primeros 12 meses: reducción a 60 euros al mes por la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal en el caso de optar por la base de cotización mínima. En caso de cotizaciones superiores, la reducción será del 80% de reducción de la cuota.
  • Meses 13 al 60: con independencia de la base de cotización escogida, podrá aplicarse una bonificación del 50%sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de efectos del alta.

Con la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, es suficiente con no hacer estado de alta como autónomo durante dos años. Además, esas personas con discapacidad que se hubieran dado de alta en el pasado disfrutando de la tarifa plana podrán igualmente beneficiarse de la misma una vez transcurridos los tres años de baja en autónomos.

Conclusiones

Como has podido ver en este artículo, existen diferentes bonificaciones y descuentos para los trabajadores autónomos que debes conocer. ¿Tienes alguna duda al respecto? Esperamos tus comentarios más abajo.

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