Fiscalidad de las criptomonedas: todo lo que debes saber

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Cynthia Delgado
Content Marketing Manager
4 minutos

Las criptomonedas y la tecnología que las sustenta son ya una realidad, formando parte del día a día de muchas personas y empresas. Una criptomoneda es una moneda virtual que puede ser intercambiada por otras monedas tradicionales y utilizada como medio de pago o inversión. Cuando hablamos de criptomonedas, no solo hacemos referencia al Bitcoin, sino a todas las monedas virtuales o criptoactivos que tienen como característica principal el respaldo de la tecnología Blockchain. Hablamos de Ethereum, Ripple, Dash, Polkadot y muchas otras…

En España la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha advertido en varias ocasiones que estas monedas no cuentan con el respaldo de banco central o autoridades.

Debes considerar que, ante la falta de claridad en muchos aspectos sobre estas criptodivisas y su relación con la fiscalidad, este contenido no constituye un asesoramiento fiscal ni financiero y tu caso deberá ser tratado por un gestor fiscal experto en criptomonedas que pueda valorar tu situación antes de presentar tus impuestos. Eso sí, la información de este artículo puede darte luz a la hora de declarar adecuadamente tus monedas virtuales y saber más sobre ellas. Así que… ¡Empezamos!

Criptomonedas y Hacienda

Las criptomonedas han dejado de ser únicamente una inversión para convertirse en un medio de pago alternativo a los regulados por las entidades financieras. Por este motivo, la Agencia Tributaria lleva años poniéndole atención a este tema, ya que en 2018 incluyó su control y seguimiento en su plan Anual de Control Tributario y Aduanero.

Hacienda está enviando requerimientos de información a las entidades que intervienen en la adquisición o venta de criptomonedas, como, por ejemplo, casas de cambio, pasarelas de pago, entidades vinculadas con cajeros automáticos y también a todas aquellas empresas que permiten pagos con estas monedas virtuales. Además, se está trabajando en la incorporación de nuevos modelos de información tributaria para realizar control de todo aquel que disponga de criptomonedas tanto dentro como fuera de España.

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Habría sido ideal que antes de empezar con dicho control hubiese estado a punto la regulación. Pero como en otros casos, la tecnología ha ido más rápido que la normativa y, actualmente en España, no existe ninguna regulación contable ni fiscal específica acerca de las criptomonedas. De todas formas, cabe destacar que, aunque no exista una normativa específica sí que hay obligaciones fiscales que deben cumplirse. Vamos a analizar varios supuestos en función de los criterios interpretativos que existen hasta el momento y no olvides prestar atención a las novedades respecto a la regulación de las criptomonedas, ¡porque vienen pisando fuerte!

Criptomonedas como medio de pago

¿Llevan IVA las criptomonedas? No se aplica el IVA en la transmisión de monedas virtuales, solo se aplica IVA en la compra de bienes o servicios, como si se realizara en euros. Por lo tanto, la transmisión de bitcoins y el resto de criptodivisas está sujeta y exenta de IVA. La entrega de criptomonedas está exenta de IVA tanto para comprador como para vendedor.

Criptomonedas como inversión

En este caso se usan las criptomonedas a través de un broker. Analizamos qué impuestos que habría que pagar por ello.

IRPF: Tributación de criptomonedas en la declaración de la Renta

El porcentaje de IRPF que tendrás que pagar depende de la cantidad que hayas ganado es el siguiente:

  • De 0 a 6.000 euros: 19%
  • Más de 6.000 euros hasta 50.000 euros: 21%
  • Más de 50.000 hasta 200.000: 23%
  • Más de 200.000 euros: 26%

Si la operación la realiza una persona jurídica, como por ejemplo una Sociedad Limitada o Anónima, los beneficios obtenidos por criptomonedas se deberán declarar en el Impuesto de Sociedades. La tributación general de un tipo impositivo es del 25% sobre el beneficio.

Modelo 720 y el futuro 721

Otra de las novedades es la que afecta a las personas con criptoactivos en el extranjero. Aquellos que tengan criptomonedas en monederos internacionales tendrán la obligación de informar sobre las monedas virtuales de las que sean titulares. Es decir, si tienes criptomonedas debes declararlas en la Renta. En concreto, las que tengas en Exchange fuera de España, deberás incluirlas en el modelo 720 hasta que el modelo 721 entre en vigor.

Criptomonedas como actividad económica

La minería es la actividad económica que consiste en usar la potencia de un ordenador para realizar cálculos que verifiquen las transacciones de la moneda virtual, y como contraprestación se reciben criptomonedas. La minería de criptomonedas es una actividad económica como tal y está sujeta a tributación por el IAE e IVA.

En cuanto al IAE, no hay un epígrafe especifico de “mineros de criptomonedas”, pero hay que darse de alta en el epígrafe 831.0 del IAE, como explica la consulta vinculante V2908-17.

Por lo que hace referencia al IVA, la consulta vinculante V3625-16 establece que no hay que aplicar IVA a los ingresos obtenidos y hay que tener en cuenta que no será posible deducir el IVA de los gastos relacionados con la actividad.

Conclusiones

Ahora que ya has sentado las bases sobre la fiscalidad de las criptomonedas y sabes que es un tema que aún queda mucho por descubrir, no olvides mantenerte informado y contactar con un gestor fiscal especializado en estas monedas virtuales en caso de que lo necesitas. Para cualquier duda, ¡no dudes en dejarnos tu comentario!

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