Planes de pensiones del sistema de empleo: todas las claves que debes conocer

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Laura Vázquez
Asesora laboral en Talenom
6 minutos

En España, los planes de pensiones empresariales son beneficios laborales que permiten a los empleados ahorrar para su jubilación, aunque su puesta en marcha es muy reciente. Estos planes están regulados por la Ley de Planes y Fondos de Pensiones. Pueden ser de contribución definida, de prestación definida o mixtos. Si quieres saber más, ¡sigue leyendo!

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¿Qué son los planes de pensiones de empleo? Definición

Los planes de pensiones de empleo son sistemas de previsión social complementaria formalizados mediante acuerdos entre un empresario (entendiéndose por tal una entidad con trabajadores a su cargo) y una entidad autorizada (aseguradora) para cubrir contingencias como jubilación y otras.

Desde la publicación de la Ley 12/2022 se inician los planes de previsión de empleo simplificados que se diferencian de los tradicionales en la menor complejidad administrativa y la cobertura de contingencias, ya que estos últimos se centran en la aportación definida para la jubilación, sin perjuicio de que puedan cubrir otras contingencias si están totalmente aseguradas.

¿Quién puede participar en los planes de pensiones?

Cualquier entidad, corporación, sociedad o empresa, en calidad de promotor, puede hacer partícipes a sus trabajadores, con independencia de su número, de un plan de pensiones del sistema de empleo.

La figura de promotor puede revestir cualquier forma jurídica por lo que los empresarios individuales también pueden acceder a este tipo de iniciativas.

Dentro de los partícipes, también se puede encontrar el propio empresario y los consejeros, administradores de la entidad.

El promotor en ningún caso puede ser el tomador del plan de previsión social, sino que su función consistirá en proponer el mismo de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto. Los elementos personales del plan son, por una parte, los sujetos constituyentes (promotor y partícipes) y por otra parte los beneficiarios.

Aportaciones: todo lo que debes saber

Pueden realizar aportaciones al plan:

  • En todo caso, el promotor, en favor de los trabajadores partícipes, que asumen la titularidad sobre las mismas;
  • Los propios partícipes, de forma obligatoria o voluntaria.

Las aportaciones anuales, con carácter general, no pueden superar los 1500 euros, aunque existen excepciones que permiten ampliar esta cantidad.

Efectos sobre el salario

Las aportaciones a planes de pensiones para el empleo tendrán consideración de retribución en especie y se valorarán por el importe de la contribución empresarial tanto cuando la empresa satisfaga estas aportaciones a mayores del salario que perciba la persona trabajadora, como cuando las satisfaga por cuenta de esta (retribución flexible).

Planes de pensiones: efectos sobre la seguridad social

Los ingresos efectuados a planes de pensiones cotizan a la seguridad social por encima del resto de emolumentos salariales excepto en los casos de retribución flexible.

Según lo previsto en la Disposición final cuarta de la Ley 12/2022, de 30 de junio, la cotización de estas aportaciones goza de una reducción, para las empresas, siendo requisito necesario estar al corriente en el pago de cuotas a la seguridad social.

Dicha reducción consiste en el 100% de la contribución empresarial, con un máximo de 128,86 euros en 2024 (este máximo se calcula sobre la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General por 13, de acuerdo con la siguiente fórmula 4213=54623,6%=128,86)

Las empresas con trabajadores adheridos a un plan de pensiones de empleo deben comunicar esta situación a la TGSS antes del cálculo de la liquidación de cada período de recaudación. Este trámite se realizará a través del Sistema Red y del procedimiento Afiliación>Trámites Trabajadores>Comunicación Situaciones Adicionales de Afiliación>código 439 (SAA-REDUCCIÓN CUOTAS CONTRIBUCIONES EMPRESARIALES. LEY 12/22)

Efectos a nivel fiscal

Este tipo de aportaciones se incluyen en la Declaración anual de partícipes y aportaciones, modelo 345, ante la AEAT. Se trata de una declaración informativa por lo que su presentación es de carácter anual.

Las contribuciones empresariales tendrán consideración de gasto deducible del IRPF del trabajador beneficiario, teniendo en cuenta los siguientes límites:

a) El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.

b) 1.500 euros anuales. A este límite se pueden añadir otras cantidades que vienen fijadas en la normativa de aplicación.

En este caso, no se considera contribución empresarial las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador (sistema de retribución flexible), sino que tienen la consideración de aportaciones del trabajador.

En el certificado de retenciones las aportaciones de la empresa deben aparecer en el apartado “contribuciones de la empresa a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial o mutualidades de previsión social” mientras que las aportaciones del trabajador no disponen de un apartado específico al efecto.

Además, a nivel empresarial, en el Impuesto Sobre Sociedades, se recoge una deducción en la cuota íntegra del 10% de las contribuciones empresariales imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros. Cuando la retribución es superior a dicha cifra, la deducción se debe aplicar sobre la parte proporcional de las contribuciones empresariales que correspondan a dicho importe.

Estos planes contribuyen a mejorar la seguridad financiera de los trabajadores a largo plazo y, pueden suponer un atractivo adicional para la fidelización del talento en la empresa.

Planes de pensiones en el sector de la construcción

El Convenio Colectivo General para el sector de la construcción es el primer convenio colectivo en España que ha implementado un plan de pensiones simplificado sectorial en la negociación colectiva.

Con efectos del 01/02/2024, contiene las siguientes particularidades:

  • Es obligatorio para todas las empresas del sector con trabajadores por cuenta ajena excepto aquellos que perciban una retribución fija superior al convenio provincial más un 1%
  • Cabe la posibilidad de que los trabajadores autónomos de este sector se puedan adherir de forma voluntaria
  • Se aplicará inmediatamente, pero se pondrá en marcha cuando se publiquen los convenios colectivos de ámbitos inferiores
  • Conlleva la regularización de las cotizaciones desde el año 2022
  • Los trabajadores podrán realizar aportaciones voluntarias con los límites fijados en la normativa general
  • Las empresas podrán mejorar las condiciones establecidas con carácter general
  • Las contingencias cubiertas son jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento

Conclusiones

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Gobierno ha impulsado los planes de pensiones de empleo simplificados, lo que abre el camino a una fácil vía de acceso a los sistemas de pensiones complementarios.

En los próximos años, la necesidad real con origen en las tendencias demográficas y recursos del sistema público de pensiones de España seguramente dará paso al camino abierto para dar mayor protagonismo a este segundo pilar de la previsión social (en medio del sistema público de pensiones y de los planes privados de ahorro)

Por todo ello, es posible que otros sectores sigan el ejemplo pionero, de amplia cobertura, ya iniciado en la construcción.

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