Justicia más digital y eficaz: cambios clave de la Ley 1/2025

Modificaciones en la Ley 1/2025
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María Saavedra
Labour Product Manager, Lawyer
4 minutos

En este artículo queremos mostrarte las principales modificaciones introducidas por La Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que establece reformas en diversas normas como la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, y el propio Estatuto de los Trabajadores.

Esta ley tiene como objetivo principal la modernización y mejora de eficacia del servicio público de justicia. Pero ¿en qué nos afecta en la práctica? Te lo contamos a continuación.

En Talenom, estamos al día de todas las novedades y actualizaciones en materia fiscal, laboral, legal, mercantil para poderte asesorar de manera eficiente y que no te tengas que preocupar por nada. ¿Necesitas asesoramiento? Descubre nuestra mejor solución para tu negocio con el recomendador de soluciones.

Principales modificaciones de la Ley Orgánica 1/2025

Cambios organizativos en la Justicia

Se sustituyen los juzgados unipersonales por Tribunales de Instancia, que funcionarán como órganos colegiados. En la práctica eso supone la creación de secciones especializadas en materias específicas, como mercantil, violencia de género, menores o familia. Esto supone una asistencia más profesionalizada y la supresión de duplicidades, permitiendo la unificación de criterios y la creación de normas organizativas uniformes.

También se sustituyen los Juzgados de Paz por Oficinas de Justicia en los municipios. Esto permite mejorar la descentralización del sistema judicial, acercando los servicios a las zonas rurales, descongestionando a las grandes ciudades.

Se crean, además, secciones especializadas en los Tribunales de Instancia para abordar casos de violencia de género y violencia infantil.

Digitalización

La ley refuerza la digitalización del sistema judicial mediante el expediente judicial electrónico, la digitalización de las oficinas Judiciales, el desarrollo de las tecnologías de la comunicación y de la información, entre otras medidas. Se busca la utilización de herramientas avanzadas digitales para conseguir mayor agilidad y transparencia, además de facilitar la comunicación entre tribunales, abogados y la ciudadanía.

Quizás una de las modificaciones más destacables es la obligación de presentar la prueba en el proceso judicial laboral en formato electrónico con diez días de antelación al acto del juicio, salvo en aquellos supuestos en que la parte no venga obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia, en cuyo caso se podrá aportar por medios no digitales. Transcurrido dicho plazo, sólo se admitirán medios de prueba relativos al fondo del asunto en determinados supuestos específicos.

En la práctica, esto cambia las reglas del juego en el proceso laboral, donde las pruebas se aportaban en el acto del juicio.

También se crean plataformas y procedimientos adaptados para reducir los obstáculos en la denuncia y el seguimiento de casos, permitiendo el refuerzo de la protección de personas pertenecientes a colectivos vulnerables. Por ejemplo, se establecen modificaciones en materia de procesos de desahucio.

Modificaciones Laborales

Modificación del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores para modificar las causas justas para solicitar la extinción contractual a instancia de la persona trabajadora, con derecho a indemnización correspondiente al despido improcedente.

Para ampliación de la información, consulta nuestra entrada en el blog sobre Nuevos derechos laborales: Indemnización y extinción del contrato por retraso en el pago de las nóminas

Modificación del artículo 53.4 b) del Estatuto de los Trabajadores, sobre nulidad del despido, revirtiendo el error cometido en la Ley Orgánica 2/2024 de representación Paritaria, a través de la cual se había suprimido la protección automática de trabajadoras embarazadas o madres que hubiesen solicitado medidas de conciliación.

Por lo tanto, se vuelve a incluir expresamente en el Estatuto de los Trabajadores como causa de nulidad del despido aquel que se produzca durante el embarazo o persistencia de medidas de conciliación familiar.

Todas las actualizaciones laborales en el Blog

Aclaraciones en materia impositiva

La normativa aclara que las indemnizaciones por despido o cese de la persona trabajadora, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, están exentas, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato (si lo estarán las acordadas en el acto de conciliación).

En los supuestos de despidos colectivos realizados, o cuando se extinga el contrato por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor), quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio para el despido improcedente.

La digitalización y el contexto social están dando lugar a múltiples novedades legislativas que exigen una actualización y adaptación constante al cambio. Por ello, es muy importante contar con asesores que cuenten con una amplia experiencia no solo en el sector legal, laboral o fiscal, sino también tecnológico. En Talenom combinamos lo mejor de la experiencia profesional con la vanguardia tecnológica, proporcionando a nuestros clientes proactividad en el asesoramiento y adaptabilidad y agilidad en nuestros procesos y herramientas.

Conclusiones

La Ley 1/2025 introduce cambios clave que modernizan la Justicia: crea tribunales más especializados y accesibles, impulsa la digitalización de los procesos y refuerza la protección de los derechos laborales, especialmente en despidos y conciliación. Estas reformas buscan un sistema más ágil, cercano y adaptado a las necesidades actuales.

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