Reformulación de Cuentas Anuales: nuevos plazos y empresas afectadas

Reformulación de las cuentas anuales del ejercicio 2024
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Ana Alarcón
Técnico fiscal y contable
3 minutos

Ante el contexto económico actual y la amenaza arancelaria estadounidense, el Gobierno ha decidido flexibilizar los plazos de formulación, aprobación y depósito de Cuentas Anuales para el ejercicio 2024. Pero ¿qué implica esto realmente para tu empresa? Te lo explicamos a continuación.

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Contexto económico: ampliación para la reformulación de Cuentas Anuales

El pasado 9 de abril se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial.

En la Disposición adicional primera se aprueba el plazo extraordinario para la reformulación de cuentas anuales.

¿A quiénes afecta esta ampliación?

La medida afecta exclusivamente a aquellas empresas que, a fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley ya hubieran formulado las cuentas anuales, el informe de gestión, el estado de información no financiera (cuando proceda), y la propuesta de aplicación de resultados.

Estas sociedades podrán reformular sus documentos hasta el 9 de mayo de 2025.

De igual manera:

  • El plazo de aprobación de cuentas anuales se ampliaría hasta el 9 de agosto de 2025.
  • El depósito de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil podrá realizarse hasta un mes después de su aprobación.

Aprobación de las cuentas anuales: ¿Qué ocurre en caso de haberse publicado la convocatoria?

En el caso de haberse publicado la convocatoria para el ejercicio 2024, el órgano de administración podrá:

Modificar el lugar, la fecha y la hora previstos para la celebración de la junta con una antelación mínima de setenta y dos horas, bien por los procedimientos de convocatoria previstos en sus estatutos o bien mediante anuncio publicado en su página web. En caso de no disponer de página web propia, puede publicar la modificación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Revocar el acuerdo de convocatoria, procediendo a efectuar una nueva convocatoria dentro del mes siguiente a la nueva formulación de cuentas.

De la teoría a la práctica: ¿realmente es útil esta medida?

La flexibilización de plazos aprobada en este real decreto-ley está diseñada para grandes empresas que suelen formular sus cuentas anuales dentro de los tres primeros meses desde la fecha de cierre de ejercicio y cuyas previsiones podrían verse alteradas por la amenaza de imposición arancelaria estadounidense.

En teoría, las sociedades mercantiles deben formular sus cuentas anuales en el plazo de tres meses desde la fecha de cierre del ejercicio fiscal.

Sin embargo, la realidad empresarial es otra. El 99% del tejido empresarial español está formado por Pymes y, la mayoría, no formula sus cuentas anuales en el plazo de tres meses desde cierre de ejercicio, si no que, la formulación y aprobación de cuentas coinciden en el tiempo, lo que dejaría a todas estas empresas fuera del alcance de esta medida de flexibilización de plazos.

En lo que respecta a la legalización de libros oficiales correspondientes a 2024, se mantienen los plazos ordinarios, esto es, como fecha límite el 30 de abril de 2025.

Resumen visual: reformulación Cuentas anuales

Suponiendo que el ejercicio fiscal coincide con el año natural, los plazos para la formulación, aprobación y depósito de Cuentas Anuales para el año 2024 quedarían establecidos:

Conclusiones: reformulación Cuentas Anuales

En resumen, la ampliación de plazos para la reformulación de las Cuentas Anuales para el ejercicio 2024 representa una herramienta muy útil para alginas empresas, sobre todo las de gran tamaño que ya hayan formulado sus Cuentas y no hayan tenido en cuenta el contexto económico actual, que se ha convertido en algo incierto. Se necesitarán cumplir con los plazos iniciales de formulación para poder aplicar y no quedar excluidos.

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