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Te contamos todo sobre el modelo 111

Modelo 111: qué es, plazos de presentación y quien tiene que presentarlo. Con Talenom puedes delegar la presentación de impuestos a un equipo de especialistas.

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¿Qué es el modelo 111 y para qué sirve?

El modelo 111 es la declaración con la que las empresas y los autónomos declaran e ingresan las retenciones de IRPF que han practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios.

 

A menos que el IRPF practicado sea cero, es una declaración obligatoria que debe presentarse a la Agencia Tributaria.

 

Pongamos un ejemplo: si tienes empleados, estos tendrán una nómina que lleva una retención de IRPF. Dicho importe se le descuenta al trabajador en su nómina y tú como empleador debes pagarlo. Más tarde, este trabajador declarará su renta personal con el modelo 100.

 

Llegado el momento, tú como empresa has pagado de forma rigurosa mes a mes esta cantidad acumulándolo como si fuese una hucha. Más tarde, mediante el modelo 111 pagarás esta cantidad.

 

Para las facturas que recibes de profesionales pasaría exactamente lo mismo que el caso anterior.

 

En definitiva, se trata de un “dinero a cuenta” que posteriormente Hacienda puede devolver según el caso al trabajador o empresario, a través de la declaración del IRPF.

Plazos para presentar el modelo 111 y cómo presentarlo

El modelo 111 se presenta dentro de los 20 días posteriores al final del trimestre. Puede ser mensual para grandes empresas:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos incluidos.
  • Segundo trimestre del 1 al 20 de julio, ambos incluidos.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero, ambos incluidos.

Para grandes empresas el modelo 111 puede ser mensual. haciéndose durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al período de autoliquidación mensual que corresponda.

Cómo se presenta el modelo 111

El modelo 111 se puede presentar de forma telemática o presencial. En caso de que seas una Sociedad sólo puedes presentar este modelo de forma online.

Para presentar este modelo se deben seguir las siguientes instrucciones:

  • Accede en la web de Hacienda a través de este enlace (Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta)-
  • Haz click en «presentación»
  • Elige entre certificado digital o cl@ve PIN (en caso de que prefieras presentarlo en papel haz click en Predeclaración – Formulario del modelo 111 para su presentación)
  • Rellena los apartados de “identificación” que sirve para la identificación del declarante, el “devengo” para especificar el año corriente y el trimestre en cuestión, y “liquidación” para dejar constancia de los datos sobre los rendimientos del trabajo y actividades económicas a los que se ha aplicado la retención.
  • Indica el número de perceptores, el importe de las retenciones, la cuantía de los ingresos a cuenta y las percepciones en especie.

Una vez hayas cumplimentado todos los datos solicitados, deberás sumar las retenciones e ingresos que se hayan hecho en los epígrafes anteriores. Esto te llevará a la casilla 30, con el resultado final del modelo 111 con la cantidad que deberás pagar a Hacienda.

En caso de no haber efectuado ninguna retención, la autoliquidación saldrá negativa.

111

Quién debe presentar el modelo 111

Deben presentar el modelo 111 los autónomos y empresas que hayan aplicado retenciones en:

 

  • Rendimientos de trabajo: salarios o finiquitos de empleados.
  • Rendimientos actividades económicas: profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales o actividades empresariales en estimación objetiva (que se declaren por módulos)
  • Rendimientos por propiedad intelectual, industrial, derechos de imagen…
  • Premios de participación en juegos, rifas o concursos.
  • Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.

Además, se debe tener en cuenta lo siguiente:

 

  • No es obligatorio presentar el modelo 111 si existen facturas recibidas de profesionales sin retención de IRPF.
  • Es obligatorio presentar este modelo en caso de tener trabajadores con IRPF cero.

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